Los ciudadanos que no votaron en las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del pasado 12 de septiembre podrán votar este domingo en las elecciones legislativas, según precisó la Cámara Nacional Electoral (CNE). “Si no votaste en las PASO, podés votar en las Generales del 14 de noviembre”, afirmó la Cámara Electoral en su cuenta de Twitter.
En el mismo
sentido, días atrás, la portavoz del Gobierno nacional, Gabriela Cerruti,
señaló: “Es importante que la gente vaya a votar y, si no lo hicieron en las
PASO, podrán hacerlo en las generales”. El voto en las elecciones legislativas
del domingo, al igual que fue en las PASO, es obligatorio y un derecho de los
ciudadanos mayores de 18 y hasta 70 años, y es optativo para aquellos que
superan esa edad y para los jóvenes de entre 16 y 17 años.
Por otra parte, la
CNE resaltó que el tiempo para justificar la no emisión del voto en las PASO
concluyó ayer, aunque esto no es causal para impedir el sufragio. Aquellos que
no hayan votado en las primarias abiertas y no lo hayan justificado deberán
abonar una multa de $50 a $500, pero esto tampoco es una razón que impide
votar.
El Código Nacional
Electoral establece en su artículo 125, en el apartado “faltas electorales”,
que “se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 años y menor de 70
años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional
electoral dentro de los sesenta 60 días de la respectiva elección”.
Desde el portal
Argentina.gob.ar se precisa que “si sos mayor de 18 años y menor de 70, y no
podés justificar ante la Justicia Nacional Electoral porque no emitiste tu
voto, te corresponde una multa económica y se te incorporará en el Registro de
Infractores al deber de votar”. “Además, no podrás ser designada o designado
para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la
elección”, apunta.
Y agrega: “Quien no
pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos
estatales nacionales, provinciales y de la ciudad de Buenos Aires durante un
año”. En ambas elecciones, debido al marco de la pandemia de coronavirus, están
exceptuados de ir a votar quienes tengan síntomas compatibles con el COVID-19 o
estén cumpliendo con el aislamiento preventivo.
Además, están
exceptuados aquellos que “el día de los comicios se encuentren a más de 500
kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar y justificás ante la
autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables”.
“Si está enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por
razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos
del servicio de sanidad nacional y si sos parte de un organismo o empresa de
servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones
estás impedido de asistir a votar”, se precisó.
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